¿Puede un empleado público con incapacidad superior a 180 días tener derecho a prima de servicios?
Un empleado público que ha contado con una incapacidad médica superior a 180 días, no tiene derecho al reconocimiento y pago de la prima de servicios, teniendo en cuenta que no ha prestado el servicio, por lo contrario, para aquellos casos en que la incapacidad ha sido inferior a 180 días, no se ve interrumpido el tiempo de servicio de modo que el empleado tendrá derecho al reconocimiento y pago de la prima de servicios.
Claudia Alejandra Torres Roa
Especialista en seguridad social en Universidad Santo Tomás.