Pasos para el traslado entre regímenes pensionales en Colombia

Por estos días el traslado o cambio de régimen pensional se ha vuelto uno de los temas más consultados en las asesorías Juridicas solicitadas, esta es la razón suficiente para que este espacio nos permita darles claridad sobre cómo realizar el paso a paso de su traslado de Régimen pensional de manera satisfactoria.

En Colombia existen dos regímenes pensionales, Régimen de prima media con prestación definida (RAIS), administrado por COLPENSIONES y el Régimen de ahorro individual (RAI) administrado por los distintos fondos de pensiones del sector privado pues el único manejado por el Sector Público es el primero de los ya señalados.

La legislación colombiana permite que los colombianos podamos trasladarnos de un Régimen al otro, y estos son los requisitos que debe verificar previo a realizar el traslado:

  1. Llevar más de 5 años afiliado en el régimen del cual se quiere retirar, contados desde la afiliación inicial.
  1. El tiempo límite para realizar el traslado es 10 años antes de cumplir la edad para pensionarse que en hombres es de 62 años y en mujeres de 57 años. Lo que quiere decir que para los hombres el traslado puede hacerse antes los de los 52 años y para las mujeres antes de sus 47.

Recuerde que, una vez que usted realiza el cambio se tiene la oportunidad de volver al anterior régimen una sola vez luego de transcurridos otros 5 años.

Pension
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Veamos entonces el paso a paso:

 

PASO 1

Corroborar que se cumplen los requisitos ya señalados:

1.       5 años de afiliación

2.       Tener menos de 10 años de la edad pensional

 

 

 

 

 

PASO 2

 

Solicitar la Doble asesoría.

Primero acceder por los medios disponibles a la DOBLE ASESORIA en el fondo donde se encuentre afiliado.

Una vez se le haya hecho entrega del resultado de la proyección debe llamar por los medios que corresponda al FONDO AL QUE SE QUIERE TRASLADAR

Cada una de los fondos tanto público como privado en el análisis de traslado deberá señalar:

a)      Probabilidad de pensionarse

b)      Proyección del valor de la indemnización sustitutiva o devolución de saldos.

c)       Proyección del valor de la pensión en cada régimen. 

d)      Requisitos para acceder a la garantía de pensión mínima en cada régimen. 

e)       Información sobre otros mecanismos de protección a la vejez vigentes. 

 

 

 

PASO 3

Una vez el afiliado haya recibido la doble asesoría puede evaluar sus opciones y decidir si va a realizar el traslado o prefiere quedarse en el régimen en el que ya se encontraba, razón por la cual si necesita orientación y ayuda para entender la respuesta que les da cada fondo para saber si debe permanecer o trasladarse.

La doble asesoría tiene validez por un (1) año; por tanto, este es el tiempo que tiene el afiliado para decidir si desea realizar el traslado.

PASO 4

Si el afiliado decide trasladarse de régimen debe dirigirse al fondo de pensiones correspondiente y diligenciar el formulario de afiliación al sistema general de pensiones presentando los documentos solicitados por el fondo.

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Claudia Alejandra Torres Roa

Especialista en seguridad social en Universidad Santo Tomás.